El sobreseimiento parcial en el juicio de amparo, decretado por inexistencia de los actos reclamados, debe confirmarse cuando la revisión adhesiva interpuesta por una autoridad resulta infundada.
El tribunal colegiado confirmó el sobreseimiento parcial del juicio de amparo, el cual se había decretado respecto a actos reclamados de un Director de Área de la PRODECON, al considerar que dichos actos eran inexistentes. La revisión adhesiva interpuesta por el Presidente de la República fue declarada infundada, por lo que se confirmó la resolución recurrida y se remitieron los autos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para sus efectos legales.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.