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278/2022OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La inconstitucionalidad de una norma general, al ser una cuestión de legalidad, no puede ser materia de análisis en el recurso de revisión fiscal, sino que debe ser resuelta por el tribunal colegiado de circuito.

Expediente
278/2022
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
15 mar 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La inconstitucionalidad de una norma general, al ser una cuestión de legalidad, no puede ser materia de análisis en el recurso de revisión fiscal, sino que debe ser resuelta por el tribunal colegiado de circuito.

Resumen

El tribunal colegiado de circuito confirmó el sobreseimiento respecto al artículo 43 de la Ley General de Bibliotecas, el cual prevé una multa por incumplimiento de entrega de materiales. Sin embargo, al carecer de competencia originaria para resolver sobre la constitucionalidad de otros artículos, remitió el asunto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La Primera Sala determinó no pronunciarse sobre la inconstitucionalidad del artículo 43, al considerar que dicha cuestión de legalidad debió ser resuelta por el tribunal colegiado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.