La responsabilidad solidaria de los agentes aduanales ante el fisco federal, derivada de las infracciones cometidas durante el traslado de mercancías, no viola las garantías de legalidad y seguridad jurídica.
Los artículos 103 y 103-A de la Ley Aduanera, que establecen la responsabilidad solidaria de los agentes aduanales frente al fisco federal por infracciones en el traslado de mercancías, no contravienen los artículos 14 y 16 constitucionales. Esta responsabilidad solidaria se considera la forma idónea para asegurar el interés fiscal en las operaciones aduanales, garantizando que el agente aduanal, quien obtiene la patente estatal, cumpla con sus obligaciones y no se desentienda del pago fiscal.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.