El proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, publicado el 9 de diciembre de 2013 y su reforma del 18 de noviembre de 2015, es inconstitucional en cuanto a que la sola omisión de la parte quejosa de ejercer su derecho de prueba en el procedimiento de revisión electrónica no puede dar lugar a exigir el pago de la preliquidación mediante el procedimiento administrativo de ejecución.
El Juzgado de Distrito sobreseyó el juicio respecto de la aplicación de diversas disposiciones fiscales y la expedición de resoluciones misceláneas, al considerar que los actos reclamados eran de imposible reparación o que la quejosa no demostró su interés jurídico. Sin embargo, concedió el amparo contra el proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, al estimar que la sola omisión de la quejosa de ofrecer pruebas en un procedimiento de revisión electrónica no justifica la exigencia de pago mediante el procedimiento administrativo de ejecución.
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