El cumplimiento sustituto de las sentencias de amparo procede cuando existe imposibilidad material o jurídica para su ejecución en los términos originales, sin que ello implique la renuncia a la protección constitucional otorgada.
El presente caso aborda la procedencia del cumplimiento sustituto de una sentencia de amparo. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza si existe una imposibilidad material o jurídica para ejecutar la ejecutoria en sus términos originales. Se determina que el cumplimiento sustituto es una vía válida para garantizar la protección constitucional cuando la ejecución directa no es factible, sin que esto signifique una renuncia a los derechos protegidos.
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