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9/2021OtroTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver un incidente de inejecución de sentencia, debe devolver los autos al Juzgado de Distrito si la superficie afectada del predio y el monto de la indemnización no están determinados con certeza, o si los requerimientos a las autoridades responsables, especialmente a los entes colegiados, son imprecisos.

Expediente
9/2021
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
29 ago 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver un incidente de inejecución de sentencia, debe devolver los autos al Juzgado de Distrito si la superficie afectada del predio y el monto de la indemnización no están determinados con certeza, o si los requerimientos a las autoridades responsables, especialmente a los entes colegiados, son imprecisos.

Resumen

El presente incidente de inejecución de sentencia surge de un juicio de amparo donde se concedió la protección para el pago de una indemnización por afectación de un predio. Sin embargo, tras diversas etapas y recursos, no se ha logrado determinar con certeza la superficie exacta del terreno afectado ni el monto exacto a indemnizar, existiendo discrepancias entre los dictámenes periciales. Adicionalmente, se identifican imprecisiones en los requerimientos dirigidos a las autoridades responsables, particularmente al Ayuntamiento como ente colegiado. Por estas razones, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó devolver los autos al Juzgado de Distrito para que se precise la superficie afectada, se determine adecuadamente el monto de la indemnización y se realicen los requerimientos pertinentes a las autoridades responsables.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.