La facultad de la autoridad para ordenar y practicar visitas domiciliarias y requerir la exhibición de libros y documentos, a fin de comprobar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley del Seguro Social, es suficiente para solicitar la contabilidad y otros documentos necesarios para verificar dicho cumplimiento.
La Sala Regional en Chiapas del TFJA, al dar cumplimiento a una ejecutoria de amparo, analiza la legalidad de un crédito fiscal determinado por el IMSS. La actora argumentó que la autoridad se excedió en sus facultades al solicitar información no relacionada con las aportaciones de seguridad social. Sin embargo, la Sala determinó que la facultad de realizar visitas domiciliarias y requerir documentación, prevista en el artículo 251, fracción XVIII, de la Ley del Seguro Social, es suficiente para solicitar la contabilidad y otros documentos necesarios para verificar el cumplimiento de las obligaciones en materia de seguridad social, por lo que los argumentos de la actora resultaron infundados.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.