La notificación de un requerimiento de obligaciones fiscales es ilegal si el acta de notificación no contiene la debida circunstanciación sobre cómo el notificador se cercioró de encontrarse en el domicilio fiscal del contribuyente, lo que genera la nulidad de las resoluciones que de ella deriven.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una multa impuesta por obligaciones omitidas. La nulidad se fundamentó en la ilegalidad de la notificación del requerimiento de obligaciones, ya que el acta respectiva omitió asentar cómo el notificador se cercioró de estar en el domicilio fiscal del contribuyente. Al no acreditarse la debida notificación del requerimiento, se consideró que el cumplimiento de las obligaciones fue espontáneo, aplicando el beneficio del artículo 73 del Código Fiscal de la Federación y declarando la ilegalidad de las multas.
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