La Regla 13.3 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 2020, es de naturaleza heteroaplicativa, por lo que su impugnación debe realizarse en conjunto con el primer acto de aplicación.
La Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que la Regla 13.3 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, la cual suspendió el cómputo de plazos y términos legales durante la emergencia sanitaria por COVID-19, es de naturaleza heteroaplicativa. Esto significa que la regla no genera obligaciones por sí misma al entrar en vigor, sino que requiere un acto posterior de aplicación para que afecte la esfera jurídica de los contribuyentes. Por lo tanto, su impugnación debe realizarse junto con el primer acto de aplicación concreto, y no por su sola entrada en vigor.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.