La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que la Ley que Crea el Instituto de Identidad Vehicular y Combate a la Contaminación del Estado de Baja California invade la esfera de competencia exclusiva de la Federación al regular la circulación de vehículos de procedencia extranjera, contraviniendo los artículos 117, 124 y 131 constitucionales.
El Poder Ejecutivo Federal promovió controversia constitucional en contra de la Ley que Crea el Instituto de Identidad Vehicular y Combate a la Contaminación del Estado de Baja California, argumentando que dicha ley invade competencias federales al reglamentar la circulación de vehículos de procedencia extranjera, lo cual es facultad exclusiva de la Federación según los artículos 131 y 124 constitucionales. La Suprema Corte analizó los conceptos de invalidez y determinó que, en efecto, la ley estatal contraviene las disposiciones constitucionales que reservan a la Federación la facultad de reglamentar la circulación de efectos y gravar mercancías de procedencia extranjera, así como los principios de legalidad y seguridad jurídica.
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