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SJF · Tesis

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, al someterse a la jurisdicción del Tribunal Fiscal y agotar el recurso de revisión fiscal, no puede promover juicio de amparo en contra de la sentencia desfavorable, pues dicho medio de impugnación resulta incompatible con el recurso de revisión.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1974
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, al someterse a la jurisdicción del Tribunal Fiscal y agotar el recurso de revisión fiscal, no puede promover juicio de amparo en contra de la sentencia desfavorable, pues dicho medio de impugnación resulta incompatible con el recurso de revisión.

Resumen

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado promovió amparo directo contra una sentencia desfavorable del Tribunal Fiscal. Sin embargo, al haberse sometido a la jurisdicción de dicho tribunal y haber hecho valer el recurso de revisión fiscal, no le era dable acudir al amparo. La promoción del amparo resultaba improcedente, debiendo sobreseerse el juicio, en virtud de la incompatibilidad entre ambos recursos y lo dispuesto en la Constitución y el Código Fiscal de la Federación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.