La negativa del amparo respecto de la Ley de Ingresos de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal se confirma cuando los actos reclamados no contravienen la Constitución.
El tribunal de amparo revocó la sentencia recurrida para, en su lugar, negar la protección constitucional solicitada por el quejoso. La negativa se fundamentó en que los actos reclamados, consistentes en disposiciones de la Ley de Ingresos de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal, no contravienen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se consideró que la autoridad responsable actuó dentro de sus facultades y que las normas impugnadas son válidas.
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