La revisión fiscal es improcedente cuando el Servicio de Administración Tributaria no acredita la existencia del crédito fiscal controvertido.
El Servicio de Administración Tributaria promovió recurso de revisión fiscal contra la sentencia que declaró la nulidad de la resolución que determinó un crédito fiscal. Sin embargo, el tribunal determinó que el SAT no acreditó la existencia del crédito fiscal, lo que hacía improcedente el recurso. Por lo tanto, se confirmó la sentencia recurrida.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.