Los agravios son fundados aun cuando se omita la cita del precepto legal aplicable, si se exponen los razonamientos que demuestran la infracción de un precepto legal, en virtud de que corresponde al juzgador subsumir los hechos en el derecho.
El Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca no exige la cita del precepto legal violado en el escrito de agravios. Por lo tanto, el tribunal de alzada debe analizar los motivos de inconformidad del recurrente, incluso si no cita la disposición legal infringida, siempre que los razonamientos expuestos permitan deducir la violación de un precepto legal. Esto se basa en el principio de que las partes exponen los hechos y el juzgador es quien debe aplicar el derecho.
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