La queja contra la suspensión provisional debe declararse sin materia si, al momento de resolverla, ya se dictó resolución sobre la suspensión definitiva en la audiencia incidental.
El presente recurso de queja se promovió contra la suspensión provisional. Sin embargo, al momento de resolver la queja, ya se había celebrado la audiencia incidental y se había decidido sobre la suspensión definitiva. Por lo anterior, el tribunal determinó que la queja había quedado sin materia, ya que la pretensión original del quejoso, relativa a la suspensión provisional, había sido superada por la resolución sobre la suspensión definitiva.
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