La nulidad de una resolución determinante del crédito fiscal, decretada por vicios formales en su emisión, permite a la autoridad fiscal emitir una nueva resolución, siempre que no se afecte el origen o el procedimiento de la fiscalización y se respeten los elementos que dieron lugar a la invalidez declarada.
El presente caso analiza la procedencia de emitir una nueva resolución determinante del crédito fiscal cuando la anterior fue anulada por vicios formales. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que si las irregularidades advertidas se refieren a la forma en que la autoridad fiscal determinó la situación del contribuyente, y no al origen o procedimiento de la visita domiciliaria, la autoridad puede emitir una nueva resolución. Esta nueva resolución debe basarse en los elementos que tuvo la autoridad en su momento, pero subsanando los vicios que motivaron la nulidad, sin poder allegarse de nuevos elementos probatorios.
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