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87/2017TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro· tema sin holding extraído

Conceptos de violación inoperantes, dado que con los mismos no controvierte de manera frontal las consideraciones por las cuales la Sala responsable, determinó confirmar el auto que desechó la demanda de nulidad, al estimar que las determinaciones contenidas en los oficios impugnados no son definitivas; habida cuenta que el quejoso, únicamente realiza una reproducción de los argumentos que expuso como conceptos de impugnación, los cuales van encaminados al análisis de fondo de la acción planteada en el juicio de nulidad, esto es el análisis de lo preceptuado en el artículo 53-A, fracción II, del Código Fiscal de la Federación; no así las razones por las cuales la Sala responsable, determinó confirmar el auto que desechó la demanda de nulidad.

Expediente
87/2017
Tribunal
Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro
Ponente
Ma. del Pilar Nuñez González
Fecha
22 jun 2017
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Conceptos de violación inoperantes, dado que con los mismos no controvierte de manera frontal las consideraciones por las cuales la Sala responsable, determinó confirmar el auto que desechó la demanda de nulidad, al estimar que las determinaciones contenidas en los oficios impugnados no son definitivas; habida cuenta que el quejoso, únicamente realiza una reproducción de los argumentos que expuso como conceptos de impugnación, los cuales van encaminados al análisis de fondo de la acción planteada en el juicio de nulidad, esto es el análisis de lo preceptuado en el artículo 53-A, fracción II, del Código Fiscal de la Federación; no así las razones por las cuales la Sala responsable, determinó confirmar el auto que desechó la demanda de nulidad.

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