La valoración de la prueba testimonial que señala al quejoso como autor material de un delito, al ser quien dio la orden para privar de la vida a una persona, es correcta cuando dicho testimonio se adminicula con otros elementos de convicción y no existe prueba que lo desvirtúe.
El presente caso analiza la valoración de pruebas en un proceso penal donde el recurrente, entonces presidente municipal, fue condenado por homicidio agravado y tentativa de homicidio. Se determinó que el recurrente ordenó privar de la vida al fiscal regional, lo que resultó en la muerte de un escolta y el intento de homicidio de otros. La defensa argumentó falta de pruebas y la incorrecta valoración de un testigo clave. Sin embargo, el tribunal consideró que el testimonio principal fue corroborado por otros elementos y que la distinción entre testigo único y singular no causó agravio, confirmando la responsabilidad penal del recurrente.
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