Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito· tema sin holding extraído
Asiste razón a la autoridad en cuanto a lo que se plantea con respecto a que la sala regional indebidamente consideró que la autoridad exactora, en la resolución recurrida, no fundó y motivó debidamente el rechazo de las deducciones autorizadas. También asiste razón a la recurrente respecto de la determinación asumida por la sala regional en cuanto a que la autoridad exactora no fundó y motivó debidamente el rechazo del impuesto al valor agregado.
Expediente
116/2024
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito
Ponente
Emilio Enrique Pedroza Montes
Fecha
2 dic 2025
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Asiste razón a la autoridad en cuanto a lo que se plantea con respecto a que la sala regional indebidamente consideró que la autoridad exactora, en la resolución recurrida, no fundó y motivó debidamente el rechazo de las deducciones autorizadas. También asiste razón a la recurrente respecto de la determinación asumida por la sala regional en cuanto a que la autoridad exactora no fundó y motivó debidamente el rechazo del impuesto al valor agregado.
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