El requisito de que las partes, al ofrecer pruebas en materia mercantil, expresen las razones por las cuales consideran que acreditarán sus afirmaciones, es un formalismo excesivo que contraviene el derecho a la tutela judicial efectiva, al arrebatar al juzgador la facultad de calificar la idoneidad y pertinencia de las pruebas y al no aportar utilidad alguna para la admisión de las mismas.
La contradicción de criterios analiza si el requisito del Código de Comercio que obliga a las partes a expresar las razones por las cuales consideran que sus pruebas acreditarán sus afirmaciones, so pena de ser desechadas, viola los derechos de audiencia y debido proceso. Tres tribunales colegiados emitieron criterios divergentes: dos consideraron que dicho requisito es un formalismo excesivo que atenta contra la tutela judicial efectiva, mientras que uno sostuvo que no contraviene las garantías constitucionales. El Pleno Regional determinó la existencia de la contradicción y la necesidad de unificar el criterio.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.