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42/2022OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver un incidente de inejecución, debe determinar si el retraso en el cumplimiento de una ejecutoria de amparo se debe a procedimientos innecesarios o ilegales, o si el incumplimiento es justificado, para ordenar las acciones correspondientes.

Expediente
42/2022
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA
Fecha
30 ago 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver un incidente de inejecución, debe determinar si el retraso en el cumplimiento de una ejecutoria de amparo se debe a procedimientos innecesarios o ilegales, o si el incumplimiento es justificado, para ordenar las acciones correspondientes.

Resumen

El presente caso se relaciona con un incidente de inejecución de sentencia en un juicio de amparo. La Suprema Corte analiza si las acciones realizadas por las autoridades para cumplir con la ejecutoria constituyen procedimientos innecesarios o ilegales que retrasan injustificadamente el cumplimiento. Se establece que si el incumplimiento es injustificado, la Corte puede separar a las autoridades responsables, consignarlas y devolver los autos al órgano de amparo para continuar el trámite. En este caso particular, la Primera Sala determinó que el incidente de inejecución era infundado y ordenó la devolución de los autos al juzgado de distrito.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.