La justicia de la Unión no ampara en tratándose de alimentos provisionales.
El Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de México negó el amparo solicitado contra una sentencia interlocutoria dictada en audiencia inicial. La negativa se fundamenta en que la protección federal no procede en asuntos relacionados con alimentos provisionales, conforme a las razones expuestas en el considerando sexto de la resolución.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.