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3042/18-01-02-8ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Baja California

La negativa ficta se configura cuando la autoridad fiscal no emite resolución expresa a un recurso de inconformidad en el plazo legal, y la notificación de un requerimiento para subsanar omisiones es ilegal por vicios en su substanciación, impidiendo el cómputo del plazo para resolver.

Expediente
3042/18-01-02-8
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
12 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La negativa ficta se configura cuando la autoridad fiscal no emite resolución expresa a un recurso de inconformidad en el plazo legal, y la notificación de un requerimiento para subsanar omisiones es ilegal por vicios en su substanciación, impidiendo el cómputo del plazo para resolver.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que se configuró la negativa ficta en un recurso de inconformidad contra una cédula de liquidación del IMSS. La notificación de un requerimiento para subsanar omisiones fue declarada ilegal, ya que no se cumplió con la debida circunstanciación al no requerir la presencia del representante legal. Al ser nula la notificación del requerimiento, el plazo para que la autoridad resolviera el recurso no comenzó a correr, configurándose así la negativa ficta. Adicionalmente, se declaró la nulidad de la cédula de liquidación y la multa por falta de debida fundamentación y motivación en cuanto a las reglas de cotización.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.