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124/2021ConcedeTCCConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La autonomía de gestión presupuestal del Poder Judicial es indispensable para garantizar su independencia, y cualquier intromisión del Poder Legislativo en la asignación de recursos para pensiones, sin la transferencia de fondos necesarios, vulnera el principio de división de poderes.

Expediente
124/2021
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
12 sep 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La autonomía de gestión presupuestal del Poder Judicial es indispensable para garantizar su independencia, y cualquier intromisión del Poder Legislativo en la asignación de recursos para pensiones, sin la transferencia de fondos necesarios, vulnera el principio de división de poderes.

Resumen

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Judicial del Estado de Morelos contra un decreto del Congreso Local que otorgaba una pensión por jubilación a un ex servidor público, con cargo al presupuesto del Poder Judicial, sin transferir los recursos necesarios. La Corte determinó que esta acción vulnera la autonomía presupuestal y la independencia del Poder Judicial, al constituir una forma de subordinación y una intromisión indebida en la gestión de sus recursos, declarando la invalidez parcial del decreto.

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