El acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado en operaciones de subcontratación laboral requiere que el contratante obtenga del contratista la documentación comprobatoria del pago del impuesto trasladado y la información específica del mismo, además de que el contratista cumpla con sus obligaciones laborales y fiscales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la problemática de la evasión fiscal en operaciones de subcontratación laboral, donde el contratista no entera el IVA trasladado al contratante, pero este último sí lo acredita. Se establece que para que el acreditamiento del IVA sea procedente, el contratante debe contar con la documentación que acredite el pago del impuesto por parte del contratista, así como la información específica del mismo. Esta medida busca evitar prácticas de evasión y asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.