Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro· tema sin holding extraído
Es improcedente que la sala recurrida reconociera el derecho subjetivo a tributar en el régimen simplificado de confianza, por lo que hace a los ejercicios dos mil veintidós y dos mil veintitrés, ya que corresponde a la autoridad fiscal la declaración sobre el incumplimiento de la obligación y la terminación del mencionado régimen
Expediente
16/2025
Tribunal
Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, con residencia en Querétaro, Querétaro
Ponente
Elsa Aguilera Araiza
Fecha
20 ago 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Es improcedente que la sala recurrida reconociera el derecho subjetivo a tributar en el régimen simplificado de confianza, por lo que hace a los ejercicios dos mil veintidós y dos mil veintitrés, ya que corresponde a la autoridad fiscal la declaración sobre el incumplimiento de la obligación y la terminación del mencionado régimen
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