El cumplimiento de las ejecutorias de amparo que ordenan el pago de cantidades líquidas a los quejosos, se acredita mediante la entrega de los títulos de crédito correspondientes, debiendo las autoridades responsables exhibir las constancias de pago respectivas.
El presente caso se relaciona con el cumplimiento de una ejecutoria de amparo que ordenó el pago de diferencias de aguinaldo a diversos quejosos. Las autoridades responsables, a través de la Dirección General de Recursos Humanos de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, acreditaron haber realizado los pagos mediante la entrega de títulos de crédito. Sin embargo, en algunos casos, la entrega de dichos títulos aún estaba pendiente, lo que motivó requerimientos adicionales a las autoridades para asegurar el cumplimiento total del fallo protector.
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