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75/2024-CAOtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La suspensión provisional en controversias constitucionales, como tutela anticipada, requiere la acreditación de la apariencia del buen derecho y del peligro en la demora, pues de no concederse, las afectaciones al promovente deben ser irreparables.

Expediente
75/2024-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
23 oct 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La suspensión provisional en controversias constitucionales, como tutela anticipada, requiere la acreditación de la apariencia del buen derecho y del peligro en la demora, pues de no concederse, las afectaciones al promovente deben ser irreparables.

Resumen

En controversias constitucionales, la concesión de una suspensión provisional con carácter de tutela anticipada no puede analizarse de forma aislada respecto al peligro en la demora. Es indispensable que se acredite tanto la apariencia del buen derecho como un perjuicio irreparable que se generaría de no otorgarse la suspensión, ya que de lo contrario, las afectaciones podrían ser reparadas en la sentencia definitiva.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.