La procedencia del recurso de reconsideración en el juicio de amparo indirecto requiere, como primer requisito, la existencia de un planteamiento de constitucionalidad en las sentencias de amparo, ya sea que decidan sobre la constitucionalidad de normas generales, establezcan la interpretación directa de un precepto constitucional o de derechos humanos en tratados internacionales, o bien, que se haya omitido su estudio cuando fue solicitado.
El recurso de reconsideración en el juicio de amparo indirecto tiene como requisito de procedencia que la sentencia de amparo aborde cuestiones de constitucionalidad. Esto incluye la decisión sobre la validez de normas generales, la interpretación directa de preceptos constitucionales o de derechos humanos contenidos en tratados internacionales, o la omisión de dicho estudio cuando fue planteado por el quejoso. El cumplimiento de este requisito es fundamental para la admisibilidad del recurso.
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