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2592/2023NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La valoración de las pruebas en el sistema procesal penal acusatorio debe realizarse conforme a la sana crítica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de la experiencia, para acreditar los elementos del delito y la responsabilidad penal del acusado.

Expediente
2592/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
Fecha
15 nov 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La valoración de las pruebas en el sistema procesal penal acusatorio debe realizarse conforme a la sana crítica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de la experiencia, para acreditar los elementos del delito y la responsabilidad penal del acusado.

Resumen

El presente caso aborda la valoración de las pruebas en un proceso penal acusatorio. Se determinó que la declaración de la víctima, corroborada por dictamen médico y testigos, junto con el acervo probatorio valorado conforme a la sana crítica, fue suficiente para acreditar los elementos del delito de violación equiparada y la responsabilidad penal del quejoso. Se desestimó la ineficacia de la pretensión de inconstitucionalidad de una norma no aplicada en el juicio.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.