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277/2024TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Decimonoveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído

TEMA: Fiscal. Presunción de operaciones inexistentes. Art. 69-B CFF. ORIGEN: Este asunto deriva de un juicio de nulidad en el que la quejosa demandó la nulidad del procedimiento previsto en el Art. 69-B CFF, así como la resolución emitida de presunción de operaciones inexistentes. La Sala reconoció la validez de los actos impugnados, ya que la actora no desvirtuó la legalidad de la notificación de los oficios impugnados, asimismo desestimó los argumentos de caducidad de la instancia, y de fundamentación y motivación de la resolución impugnada. SÍNTESIS: Se propone negar el amparo solicitado, en virtud de lo inoperante e infundado de los conceptos de violación. El primero se desestima porque se considera que la quejosa pretende el estudio de un argumento ajeno a la litis del juicio de origen, pues ahora cuestiona el domicilio donde se intentaron llevar a cabo las notificaciones de los oficios impugnados, desde diferente perspectiva a la propuesta en el juicio contencioso administrativo. El segundo concepto de violación se considera inoperante en virtud de que no combate los razonamientos de la Sala al desestimar la caducidad de la instancia propuesta por la actora. El tercer concepto se desestima conforme a la jurisprudencia JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. EL PRINCIPIO DE LITIS ABIERTA QUE LO RIGE, NO IMPLICA PARA EL ACTOR UNA NUEVA OPORTUNIDAD DE OFRECER LAS PRUEBAS QUE, CONFORME A LA LEY, DEBIÓ EXHIBIR EN EL PROCEDIMIENTO DE ORIGEN O EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO PROCEDENTE, ESTANDO EN POSIBILIDAD LEGAL DE HACERLO [MODIFICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 69/2001 (*)]. Por último, el cuarto concepto de violación, se desestima por novedoso, ya que la competencia territorial no fue planteada en el juicio de nulidad.

Expediente
277/2024
Tribunal
Decimonoveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Miguel Antonio Nuñez Valadez
Fecha
22 nov 2024
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

TEMA: Fiscal. Presunción de operaciones inexistentes. Art. 69-B CFF. ORIGEN: Este asunto deriva de un juicio de nulidad en el que la quejosa demandó la nulidad del procedimiento previsto en el Art. 69-B CFF, así como la resolución emitida de presunción de operaciones inexistentes. La Sala reconoció la validez de los actos impugnados, ya que la actora no desvirtuó la legalidad de la notificación de los oficios impugnados, asimismo desestimó los argumentos de caducidad de la instancia, y de fundamentación y motivación de la resolución impugnada. SÍNTESIS: Se propone negar el amparo solicitado, en virtud de lo inoperante e infundado de los conceptos de violación. El primero se desestima porque se considera que la quejosa pretende el estudio de un argumento ajeno a la litis del juicio de origen, pues ahora cuestiona el domicilio donde se intentaron llevar a cabo las notificaciones de los oficios impugnados, desde diferente perspectiva a la propuesta en el juicio contencioso administrativo. El segundo concepto de violación se considera inoperante en virtud de que no combate los razonamientos de la Sala al desestimar la caducidad de la instancia propuesta por la actora. El tercer concepto se desestima conforme a la jurisprudencia JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. EL PRINCIPIO DE LITIS ABIERTA QUE LO RIGE, NO IMPLICA PARA EL ACTOR UNA NUEVA OPORTUNIDAD DE OFRECER LAS PRUEBAS QUE, CONFORME A LA LEY, DEBIÓ EXHIBIR EN EL PROCEDIMIENTO DE ORIGEN O EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO PROCEDENTE, ESTANDO EN POSIBILIDAD LEGAL DE HACERLO [MODIFICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 69/2001 (*)]. Por último, el cuarto concepto de violación, se desestima por novedoso, ya que la competencia territorial no fue planteada en el juicio de nulidad.

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