Los conceptos de violación que plantean la inconstitucionalidad de una norma son inatendibles en amparo directo si el juicio de origen se sobreseyó, pues no existe un acto de aplicación definitivo que permita el análisis de fondo.
En el amparo directo, los argumentos que cuestionan la constitucionalidad de una ley resultan inatendibles si el juicio fiscal de origen concluyó con un sobreseimiento. Esto se debe a que, al no resolverse el fondo del asunto, la multa o acto impugnado permanece "sub júdice", impidiendo determinar si hubo una aplicación concreta de la norma tildada de inconstitucional. Por lo tanto, el tribunal de amparo no puede pronunciarse sobre la constitucionalidad sin una resolución previa sobre la legalidad del acto.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.