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PRIMERA SALA

La inconstitucionalidad de una norma general, o la interpretación directa de preceptos constitucionales, son cuestiones de constitucionalidad que deben ser analizadas por el órgano de amparo cuando son planteadas por el quejoso.

Expediente
4217/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
23 abr 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La inconstitucionalidad de una norma general, o la interpretación directa de preceptos constitucionales, son cuestiones de constitucionalidad que deben ser analizadas por el órgano de amparo cuando son planteadas por el quejoso.

Resumen

El Tribunal Colegiado omitió pronunciarse sobre la inconstitucionalidad del artículo 8, fracción XI, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la cual fue planteada por los recurrentes bajo el argumento de que dicho precepto es impreciso y viola el principio de legalidad, así como los derechos a la seguridad jurídica y acceso a la justicia. La Suprema Corte determinó que el Tribunal Colegiado debió analizar estas cuestiones de constitucionalidad, ya que se refieren a la interpretación directa de preceptos constitucionales y a la inconstitucionalidad de una norma general.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.