La confirmación de la sentencia recurrida, el sobreseimiento del juicio de amparo y la declaratoria de infundado de los recursos de revisión adhesiva, se sustentan en la inoperancia de los agravios que impugnan el artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de dos mil diecinueve, por supuesta transgresión a los principios de progresividad, razonabilidad, proporcionalidad y antinomia.
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito confirmó la sentencia recurrida, sobreseyó el juicio de amparo y declaró infundados los recursos de revisión adhesiva. La decisión se basó en la inoperancia de los agravios que argumentaban que el artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2019, violaba los principios de progresividad, razonabilidad, proporcionalidad y antinomia. Por lo tanto, la justicia de la Unión no amparó ni protegió al quejoso.
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