La negativa a proporcionar atención médica por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social, cuando se actualiza la hipótesis de urgencia, actualiza una afectación inminente e irreparable que justifica la concesión de la suspensión definitiva.
El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito confirmó la interlocutoria y concedió la suspensión definitiva en un asunto relacionado con la negativa de atención médica del IMSS. El tribunal determinó que la negativa a brindar atención médica en casos de urgencia constituye una afectación inminente e irreparable, lo que justifica la medida cautelar solicitada por el quejoso.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.