La expedición de permisos para la construcción y remodelación de pozos destinados a la extracción de hidrocarburos es una materia reservada a la Federación, por lo que los legisladores locales carecen de competencia para regularla y establecer contribuciones al respecto.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Ejecutivo Federal contra el Estado de Coahuila, impugnando el artículo 27, fracciones XXX y XXXI, de la Ley de Ingresos del Municipio de Monclova para el ejercicio fiscal 2024. El actor argumentó que dicha disposición, al prever el cobro de derechos por permisos de construcción y remodelación de pozos para la extracción de hidrocarburos, invadía la competencia exclusiva de la Federación en materia de hidrocarburos. El Pleno de la Corte declaró la invalidez de las fracciones impugnadas, al considerar que la regulación y explotación de hidrocarburos son áreas estratégicas reservadas a la Nación, y que las entidades federativas no pueden establecer contribuciones en esta materia, ya que contraviene los artículos 25, 27 y 73, fracción X, de la Constitución Federal.
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