El principio de prevención en materia ambiental exige que los Atlas de Riesgos Municipales, como pauta para el desarrollo urbano y la asignación de usos de suelo, incorporen requisitos y lineamientos que respeten el marco constitucional y legal, incluyendo el derecho a un medio ambiente sano, y sean emitidos por autoridades competentes con personal calificado.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la interpretación del principio de prevención ambiental en la elaboración de Atlas Municipales de Riesgos Ecológicos. Se establecen los requisitos y lineamientos que estos atlas deben cumplir para respetar el derecho a un medio ambiente sano, así como las autoridades competentes y las cualificaciones necesarias del personal que los elabora. El caso se enfoca en la validez de un instrumento normativo que fue reemplazado por uno posterior, volviéndolo inaplicable.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.