La omisión de la autoridad fiscal de hacer saber al contribuyente los hechos u omisiones detectados en el procedimiento de fiscalización, no genera la nulidad de la resolución determinante del crédito fiscal si el contribuyente ejerció su derecho a presentar documentos, libros o registros para desvirtuar dichas omisiones o corrigió su situación fiscal, y si la opción de acuerdo conclusivo aún estaba disponible.
Se negó el amparo a la quejosa contra la sentencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa que reconoció la validez de un crédito fiscal. La quejosa argumentó que la Sala responsable no analizó debidamente su recurso de revocación y que la autoridad fiscal omitió hacerle saber los hechos detectados en la fiscalización. El tribunal determinó que, si bien hubo una omisión, esta no afectó las defensas de la contribuyente ni el resultado del acto impugnado, ya que esta ejerció su derecho a presentar documentación o corregir su situación fiscal, y la posibilidad de un acuerdo conclusivo aún estaba vigente.
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