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2180/19-01-02-8ConcedeTFJANiega · revoca acto11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Baja California

El acta circunstanciada de hechos, levantada con motivo de un reconocimiento aduanero, debe contener la debida identificación del personal actuante, incluyendo el oficio que lo autoriza a practicar la diligencia, para garantizar la seguridad jurídica del gobernado.

Expediente
2180/19-01-02-8
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
15 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El acta circunstanciada de hechos, levantada con motivo de un reconocimiento aduanero, debe contener la debida identificación del personal actuante, incluyendo el oficio que lo autoriza a practicar la diligencia, para garantizar la seguridad jurídica del gobernado.

Resumen

La Segunda Sala Regional del Noroeste I del TFJA declaró la nulidad lisa y llana de una resolución que determinó un crédito fiscal por concepto de multa. La nulidad se fundamentó en que el acta circunstanciada de hechos, antecedente de la resolución impugnada, omitió asentar el oficio que autorizaba al personal aduanero a practicar el reconocimiento aduanero, requisito esencial para la validez del acto y para garantizar la seguridad jurídica del contribuyente, conforme a la jurisprudencia de la SCJN.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.