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5/2024TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito

El monto de la exención prevista en la Ley del Impuesto Sobre la Renta debe cuantificarse tomando en cuenta el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Expediente
5/2024
Tribunal
Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito
Ponente
Lucila Castelán Rueda
Fecha
24 abr 2025
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

El monto de la exención prevista en la Ley del Impuesto Sobre la Renta debe cuantificarse tomando en cuenta el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Resumen

Se negó el amparo a la quejosa en contra de la negativa de la exención del Impuesto Sobre la Renta. El tribunal determinó que, conforme a la jurisprudencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el monto de la exención debe cuantificarse utilizando la Unidad de Medida y Actualización (UMA), ya que la pensión jubilatoria, si bien es una prestación derivada de la relación laboral, su cuantificación es ajena a la materia de trabajo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.