El monto de la exención prevista en la Ley del Impuesto Sobre la Renta debe cuantificarse tomando en cuenta el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Se negó el amparo a la quejosa en contra de la negativa de la exención del Impuesto Sobre la Renta. El tribunal determinó que, conforme a la jurisprudencia de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el monto de la exención debe cuantificarse utilizando la Unidad de Medida y Actualización (UMA), ya que la pensión jubilatoria, si bien es una prestación derivada de la relación laboral, su cuantificación es ajena a la materia de trabajo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.