Los agravios que no combaten todas las consideraciones de la sentencia recurrida, o que se limitan a cuestiones de mera legalidad, son inoperantes en el recurso de revisión en amparo directo.
El presente caso se relaciona con la inconstitucionalidad del artículo 1390 bis 13 del Código de Comercio, que establece requisitos para la admisión de pruebas. La institución bancaria recurrente presentó agravios que la Suprema Corte consideró inoperantes. Esto se debió a que los agravios no combatieron todas las consideraciones de la sentencia recurrida y se limitaron a cuestiones de mera legalidad, lo cual es improcedente en el recurso de revisión en amparo directo, cuyo objetivo es el estudio de cuestiones propiamente constitucionales.
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