La nulidad de un acto administrativo por vicios en la suplencia de la autoridad emisora debe declararse lisa y llana cuando la omisión de fundamentación y motivación de dicha suplencia genera incertidumbre jurídica y estado de indefensión al gobernado.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una resolución que determinó un crédito fiscal. La nulidad se fundamentó en la ilegalidad de la suplencia del Jefe de Departamento de Aduana de Tijuana, quien emitió el acto en ausencia del Subadministrador. El tribunal determinó que la autoridad no acreditó debidamente la suplencia, al no citar el precepto legal que facultaba al Jefe de Departamento para suplir al Subadministrador, ni el vínculo de subordinación, lo que contraviene la garantía de seguridad jurídica.
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