Las sentencias del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa deben resolver la pretensión del actor deducida de su demanda de nulidad, en relación con el acto impugnado, sin que sea indispensable el análisis de todos los argumentos de la contestación de la demanda si no son necesarios para resolver dicha pretensión.
A partir de la reforma al artículo 237 del Código Fiscal de la Federación en el año 2000, el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa tiene la obligación de resolver la pretensión del actor derivada de su demanda de nulidad, en concordancia con el acto impugnado. Una violación a esta disposición no se configura por la omisión de estudiar un argumento de la contestación de la demanda, sino por no resolver la pretensión principal del actor. La litis se integra con el acto impugnado y los argumentos de la contestación necesarios para resolver la pretensión, sin obligar al Tribunal a considerar todos los argumentos de la contestación si no son pertinentes para tal fin.
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