InvestigaciónDocumento
En línea
TCC10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Ejecutoria

La admisión de pruebas periciales en el juicio de amparo debe privilegiar el derecho de defensa del oferente, desechándolas solo cuando su falta de idoneidad sea clara, patente y sin lugar a dudas, sin que el carácter autoaplicativo de las normas reclamadas impida su ofrecimiento si guardan relación con la litis.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ago 2018
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La admisión de pruebas periciales en el juicio de amparo debe privilegiar el derecho de defensa del oferente, desechándolas solo cuando su falta de idoneidad sea clara, patente y sin lugar a dudas, sin que el carácter autoaplicativo de las normas reclamadas impida su ofrecimiento si guardan relación con la litis.

Resumen

La contradicción de tesis se centró en determinar si un Juez de Distrito puede desechar pruebas periciales en materia de economía e informática ofrecidas en un juicio de amparo contra normas autoaplicativas. El Segundo Tribunal Colegiado consideró que dichas pruebas no eran idóneas para determinar la constitucionalidad de las normas, ya que el análisis se limita a la confrontación de la ley con la Constitución. En contraste, el Primer Tribunal Colegiado sostuvo que las pruebas deben admitirse si guardan relación con la litis, pues el Juez debe evitar dejar al oferente sin defensa, y el carácter autoaplicativo de las normas no es razón suficiente para el desechamiento si las pruebas aportan elementos para el análisis de fondo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.