El acta de visita domiciliaria es ilegal si contiene hechos contradictorios, como la mención de que se entendió con una persona y, al mismo tiempo, que se exhibieron identificaciones al destinatario de la orden de visita, lo cual genera incongruencia y vicia la resolución administrativa basada en ella.
Se establece la ilegalidad de un acta de visita domiciliaria cuando en su contenido se asientan hechos contradictorios. En el caso, el acta indicaba que la diligencia se entendió con la encargada de la negociación, pero también señalaba que los visitadores exhibieron sus identificaciones al destinatario de la orden. Esta incongruencia, al no identificarse correctamente a la persona con quien se entendió la diligencia, genera la ilegalidad del acta y, por ende, de la resolución administrativa dictada con base en ella.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.