La aclaración de sentencias del Tribunal Fiscal de la Federación debe regirse supletoriamente por las disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles, en virtud de la omisión o silencio del Código Fiscal de la Federación al respecto.
El Tribunal Fiscal de la Federación, ante la ausencia de una disposición expresa en el Código Fiscal de la Federación sobre la aclaración de sentencias, debe aplicar supletoriamente el Código Federal de Procedimientos Civiles. Esto se fundamenta en el artículo 155 del Código Fiscal, que permite la aplicación supletoria de otras leyes en casos de omisión o silencio, y en los artículos 223 al 226 del Código Federal de Procedimientos Civiles, que sí contemplan y regulan el procedimiento de aclaración de sentencias.
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