La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver un juicio de amparo, no puede sustituir a la Sala Fiscal en la determinación de lo procedente respecto a las pruebas exhibidas por la autoridad demandada, debiendo tenerse como subsistente la sentencia reclamada.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que no puede sustituir a una Sala Fiscal en la resolución de un acto reclamado, ya que su competencia se limita a la materia de amparo. En este caso, al haber quedado sin materia el fallo fiscal impugnado, se actualizó una causal de improcedencia. Sin embargo, se salvaguardan las atribuciones de la Sala Fiscal para que, en vista de lo resuelto, determine lo que corresponda conforme a derecho.
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