El Jefe del Servicio de Administración Tributaria carece de legitimación para interponer el recurso de revisión fiscal cuando la sentencia de origen no le causa perjuicio directo.
El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito desechó el recurso de revisión fiscal interpuesto por el Jefe del Servicio de Administración Tributaria, al considerar que este carecía de legitimación para impugnar la sentencia de origen, ya que esta no le causaba un perjuicio directo. Adicionalmente, el tribunal declaró fundada la revisión fiscal principal y infundada la adhesiva, abordando cuestiones relacionadas con la aplicación del Impuesto al Valor Agregado a los servicios de suministro de agua potable, la contabilidad municipal y la suplencia de la queja.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.