Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
Se confirma la sentencia recurrida y se declara la nulidad de la resolución confirmativa ficta impugnada, así como de la originalmente recurrida.
En cuanto al fondo, se desestiman las proposiciones de la autoridad recurrente encaminadas a hacer ver que la autoridad aduanera ciñó su actuación a lo dispuesto en los artículos 153-A de la Ley Aduanera y 200 de su reglamento, debido que, como precisó la sala del conocimiento, no se concluyó el reconocimiento aduanero de las mercancías importadas por la actora en el plazo establecido en tales disposiciones y, en las actas parciales levantadas con motivo de la revisión, no se justificó debidamente su prolongación.
Expediente
250/2026
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Francisco Aja García
Fecha
20 ago 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se confirma la sentencia recurrida y se declara la nulidad de la resolución confirmativa ficta impugnada, así como de la originalmente recurrida.
En cuanto al fondo, se desestiman las proposiciones de la autoridad recurrente encaminadas a hacer ver que la autoridad aduanera ciñó su actuación a lo dispuesto en los artículos 153-A de la Ley Aduanera y 200 de su reglamento, debido que, como precisó la sala del conocimiento, no se concluyó el reconocimiento aduanero de las mercancías importadas por la actora en el plazo establecido en tales disposiciones y, en las actas parciales levantadas con motivo de la revisión, no se justificó debidamente su prolongación.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.