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134/2026NiegaJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Querétaro

La suspensión definitiva se declara sin materia o se niega cuando los actos reclamados ya no existen o no se actualizan los supuestos para su concesión.

Expediente
134/2026
Tribunal
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Querétaro
Ponente
Beatriz Joaquina Jaimes Ramos
Fecha
26 feb 2026
Materia
penal
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La suspensión definitiva se declara sin materia o se niega cuando los actos reclamados ya no existen o no se actualizan los supuestos para su concesión.

Resumen

El juzgado declara sin materia el incidente de suspensión respecto a una autoridad, al considerar que el acto reclamado ya no existe. Adicionalmente, niega la suspensión definitiva respecto a otros actos reclamados atribuidos a diversas autoridades, al no actualizarse los requisitos para su concesión.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.